jueves, 27 de junio de 2013


ORNATO: LIMPIEZA DE VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS:

El ornato en Guatemala consiste en  el mantenimiento y cuidado de toda su infraestructura como las cabinas telefónicas, vallas publicitarias, parques, limpieza de calles, etc.

Para mantener limpias las vías de los espacios públicos de la ciudad, se paga lo que se llama BOLETO DE ORNATO, el cual es un impuesto con carácter de arbitrio y es una obligación legal, que se utiliza para pagar el costo  de servicios públicos decretado a favor de las 332 municipalidades que conforman la división administrativa del  territorio guatemalteco. Fue creado el 15 de marzo de 1892 durante el gobierno de José María Reyna Barrios, con el cual construyó el Paseo de la Reforma, Museo Nacional de Historia y otros bellos edificios. Con el tiempo el pago del boleto de ornato se destinó a los fondos de las alcaldías, como entes encargados del cuidado del municipio. Finalmente el 1 de enero de 1997 el Congreso de la República aprueba y establece la creación del arbitrio llamado Boleto de Ornato, cuya recaudación quedó a cargo de las municipalidades del país.

La ley establece que todas las personas guatemaltecas o extranjeras domiciliadas que residan en cada jurisdicción municipal, comprendidas entre los 18 y 65 años, incluyendo a los funcionarios públicos y a los menores de 18 de conformidad con el Código de Trabajo  tengan autorización para trabajar (artículo 1 y 2) están obligados al pago de este impuesto. Además de contribuir al mejoramiento de la ciudad, el Boleto de Ornato facilita la obtención de documentos.

BOLETO DE ORNATO

Es un arbitrio que todos los vecinos debemos pagar anualmente, con la finalidad de contribuir al ornato de nuestra ciudad. La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo.
Si el pago no fuere cancelado dentro del período señalado o según fecha de la prórroga, el vecino se verá sujeto a una multa equivalente al 100% de su valor.
En caso que el vecino se mudara a otro municipio, no está obligado a pagar de nuevo el Boleto de Ornato, sino que deberá cancelarlo hasta el próximo año en la municipalidad correspondiente, según su nuevo domicilio. No obstante, sí está obligado a demostrar que hizo el pago en la anterior alcaldía.
Por lo anterior, las municipalidades deben contar con un registro alfabético de los contribuyentes, en el cual se indica el nombre de las personas, dirección de su residencia y trabajo, así como el número de identificación tributaria (NIT).
 
 

5 comentarios:

  1. pues esta información me fue muy útil para el trabajo de investigación que se esta realizando en mi entro de estudios

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  2. gracias por la información me ayudo mucho

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  3. https://ecoguatepn2016.wordpress.com/explicacion-fisica/ornato-limpieza-de-vias-y-espacios-publicos/

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  4. Excelente pagina. Boffo, te quiero

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